Pena de muerte

Condenados exigentes

El verdugo: ¿Desea usted que la ejecución tenga lugar por corte de la cabeza, por fusilamiento o con la silla eléctrica?

El condenado: Empecemos por la primera y… después ya veremos.

                                                      (Los 1500 Mejores Chistes, Del Vechhi Ediciones, 2011, Barcelona, p. 106)

¿Es constitucional la pena capital en España?

El artículo 15 de la Constitución Española de 1978 establece que «Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra».

Por tanto, aunque sólo cabe establecerla en las leyes penales militares para tiempos de guerra, resultó que mediante la Ley Orgánica 11/1995, de 27 de noviembre, se abolió la pena de muerte incluso para tiempos de guerra.

Por otra parte, la Ley de Extradición Pasiva prohibe la extradición cuando el hecho por el que se solicita la misma esté castigado en el país reclamante con la pena capital y dicho país no ofrezca garantía de que el extraditurus no será ejecutado.

Perros potencialmente peligrosos

Aviso del nuevo alcalde

«Los que paseen perros deben llevar bozal.»

(Los 1500 Mejores Chistes. Del Vecchi Ediciones, 2011, Barcelona, p. 112).

1. ¿Qué perros son considerados potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía?

El artículo 2, letra d) del Decreto 42/2008, de 12 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, determina cuales son los perros potencialmente peligrosos:

1º Los perros incluidos dentro de una tipología racial que, por su carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula tengan la capacidad de poner en peligro la vida o la integridad física de las personas, de otros animales o de provocar daños relevantes en los bienes y, en todo caso, los ejemplares de las razas que figuran en el Anexo y sus cruces.

2º Perros que hayan sido adiestrados para el ataque.

3º Aquellos perros que manifiesten un carácter marcadamente agresivo y hayan sido objeto de, al menos, una denuncia por dicha circunstancia o que hayan protagonizado agresiones a personas o ataques a otros animales. En este supuesto, la potencial peligrosidad habrá de ser apreciada por el Ayuntamiento de residencia del animal, atendiendo a criterios objetivos, bien de oficio o a instancia de parte, oído el propietario o propietaria del animal y previo informe de personal veterinario oficial o, en su defecto, designado por el Colegio Oficial de Veterinarios de la provincia de residencia del animal y con formación específica acreditada en la materia. El coste del informe anteriormente referido será determinado por el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios y abonado por el propietario o propietaria del animal.

2. ¿Qué razas figuran en el Anexo como potencialmente peligros?

– Pitt Bull Terrier.

– Staffordshire Bull Terrier.

– American Staffordshire Terrier.

– Rottweiler.

– Dogo Argentino.

– Fila Brasileiro.

– Tosa Inu.

– Akita Inu.

– Doberman.

3. ¿Qué medidas de seguridad impone la legislación andaluza en materia de tenencia de perros peligrosos?

Algunas de esas medidas son:

1. La prohibición de acceder a los lugares de ocio y esparcimiento de menores de edad, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 14 de la Ley 11/2003, de 24 de octubre.

2. La persona que conduzca y controle perros potencialmente peligrosos en vías públicas deberá ser mayor de dieciocho años y tendrá que llevar consigo la licencia administrativa que le habilita para la tenencia de animales potencialmente peligrosos y el documento autonómico de identificación y registro del animal (DAIRA) como perro potencialmente peligroso, conforme a lo establecido en el art. 5.6.

3. En las vías públicas y lugares y espacios de uso público general, los perros potencialmente peligrosos llevarán bozal adecuado para su raza y serán conducidos y controlados con cadena o correa no extensible e irrompible, de 1 metro de longitud máxima, y adecuada para dominar en todo momento al animal. Ninguna persona podrá llevar y conducir más de un perro potencialmente peligroso simultáneamente.

4. La pérdida o sustracción del animal deberá ser denunciada por su titular, en el plazo máximo de veinticuatro horas desde que tenga conocimiento de los hechos, ante un agente de la autoridad, que instará su anotación en los Registros Central y Municipal correspondiente.

5. El transporte de animales potencialmente peligrosos habrá de efectuarse de conformidad con la normativa específica sobre bienestar animal, debiéndose adoptar las precauciones que las circunstancias aconsejen para garantizar la seguridad de las personas, bienes y otros animales durante el transporte y en la espera para carga y descarga.

6. Los Ayuntamientos podrán ampliar las medidas de seguridad contenidas en este artículo.

Chistes jurídicos

En la Comisaría

Señor comisario, un hombre me ha agredido con un arma de fuego.

¿Una pistola? 

Pues… no.

¿Un fusil?

Tampoco.

Entonces, ¿qué clase de arma de fuego es la que empleó?

El tubo de una estufa.

(Los 1500 Mejores Chistes. Del Vechhi Ediciones, 2011, Barcelona, p. 107).

 

En la cárcel

El guardián al detenido que acaba de llegar: Aquí dentro cada uno debe escoger un oficio. ¿Qué desea usted hacer?

Viajante de comercio.

(Idem, p. 107)

 

En el tribunal

El juez al acusado de haber injuriado a un conocido: ¿Es cierto que ofendió usted al demandante con frases ultrajantes? Le dijo usted mentiroso, sinvergüenza, pusilánime…

Sí, señor.

¿Y también tonto?

No, señor; esto se me olvidó.

(Idem, p. 113)

 

El meticuloso y las estadísticas

Un campesino lee las proclamas matrimoniales expuestas en el vestíbulo del Ayuntamiento.

– ¿Qué estás leyendo?, le pregunta un amigo.

No me molestes. Estoy intentando comprobar si en nuestro pueblo se casan más mujeres que hombres.

(Idem, p. 113)

 

En el tribunal

Levántese el acusado: ¿tiene usted algo que añadir?

Nada; me abandono a la equitación del tribunal.

El público ríe.

El presidente interviene severamente: No hay por qué reírse; todo el mundo sabe que vamos a… caballo de la justicia.

(Idem. p. 119)

 

 

 

Chistes jurídicos

En el tribunal

El juez dice a la testigo: Sea muy exacta en su declaración. Usted debe decir únicamente lo que ha visto, no lo que ha oído decir. Veamos, ¿cuándo nació usted?

Esto, contesta rápidamente la testigo, es cosa que sólo he oído decir.

(Los 1500 Mejores Chistes. De Vecchi Ediciones, S.A., 2011, Barcelona, p. 60).

Última voluntad

Un condenado a muerte sale de la celda para consumir su última comida.

Puede pedir lo que quiera, le dice el oficial de prisiones.

¿Incluso una botella de champaña?

Desde luego. ¿De qué año la quiere?

Del 2020.

(Idem, p. 60)

Antes de la ejecución

Valor, ha llegado la hora de saldar su deuda con la sociedad.

El condenado: ¿No sería lo mismo pagarla con un cheque?

(Idem, p. 62)

Incorregible

Juez: Usted no tiene arreglo. Hace un mes robó un par de zapatos, la semana pasada otro par.

Perdone, señor juez, es que el primero me apretaba mucho.

(Idem, p. 69)

¡Mejor la muerte!

La mujer: No sé de quién ha heredado estos defectos nuestro hijo. De mí, no, desde luego.

El marido: De ti no; claro; todavía los tienes todos.

(Idem, p. 76)

La tarifa

El juez lee la sentencia: El acusado es condenado a pagar cinco mil pesetas de multa por haber proferido unas frases injuriosas para la autoridad. ¿Tiene usted algo que alegar?

Desde luego, pero, en vista de la tarifa, prefiero callarme.

(Idem, p. 80)

Ladrón 

Juez: ¿Se declara usted culpable o inocente?

Inocente, señor juez.

Entonces, ¿ésta es la primera vez que le detienen?

Sí, nunca había robado antes.

(Idem, p. 83)

El vendedor de sangre fría (¿o publicidad engañosa?)

En una calle de Sevilla un vendedor exótico ofrece alfombras… orientales. Un viandante después de examinar la mercancía, le dice: Oye, amigo, no te hagas el listo: estas alfombras se fabrican en Córdoba… y no son orientales.

Y contesta el otro: No engaño a nadie, ¿o es que Córdoba no está a oriente de Sevilla?

(Idem, p. 86)

En el tribunal

El juez: Señor abogado, hemos tenido que aplazar la vista porque, según parece, se levanta usted un poco tarde.

Abogado: Es que yo no tengo la suerte de poder dormir aquí.

(Idem, p. 86)

El verdadero cliente

Acusado, dénos su nombre y su fecha de nacimiento.

¡Qué poca memoria tiene, señor presidente! Cada vez me hace las mismas preguntas…

(Idem, p. 100)

Entre cliente y abogado

– Le ruego que se encargue de mi defensa.

¿Tiene usted dinero?

No, pero tengo un automóvil.

Entonces acepto… ¿de qué se le acusa?

De haber robado un automóvil.

(Idem, p. 101)

Pescador furtivo

El guarda: La pesca está prohibida en este lugar; cincuenta pesetas de multa.

El pescador: Si no pesco; estoy enseñando a nadar a mis gusanos.

El guarda: ¿Puedo ver esos gusanos?

El pescador levanta el trapo y le muestra sus gusanos.

El guarda: Cincuenta pesetas de multa. Van sin bañador y por consiguiente he incurrido en falta.

(Idem, p. 102)

 

Chistes jurídicos

Acoso laboral invertido

El jefe: ¿Quién te ha dicho que puedes pasarte dando vueltas sin trabajar todo
el día, sólo porque tuvimos un rollo?

La secretaria: Mi abogado.

 

La reconstrucción de los hechos

Ayer fallecieron cuatro leperos: dos en un asesinato y otros dos en la reconstrucción de los hechos.

 

Ha llegado la última hora

Ya habían cortado el cabello al condenado.

El alcaide le dice: ¿Desea usted algo? ¿Tal vez un vaso de ron?

El condenado replica: No, gracias

El alcaide: ¿Un cigarrillo?

El condenado: «Tampoco

El alcaide: Es costumbre complacer los últimos deseos de un condenado, ¿qué quiere usted?

El condenado: Quisiera aprender el chino

(Los 1500 Mejores Chistes. Del Vechhi Ediciones, S.A. 2011, Barcelona, p. 54).

En el patio de la prisión

¿Y tú por qué estás aquí?

Porque no me dejan salir.

(Idem, p. 55)

En el tribunal

Juez: El jurado le ha reconocido inocente

Acusado: ¿Qué significa esto exactamente?

Juez: Que está usted libre

Acusado: Y ahora, ¿qué hago con todas las joyas?

(idem, p. 56).

El deudor

Un explorador que acaba de regresar del Polo Norte narra las maravillas de aquellas lejanas tierras: Una de las cosas más terribles es la noche ártica. Imaginaos que dura ciento cuarenta días.

Es maravilloso, exclama un amigo interrumpiéndole. Figúrese poder decir a cualquier acreedor: por favor, vuelva mañana.

(Idem, p. 58).

Trabajo

¿Cuándo ha hecho usted algún bien a la humanidad?, comenta el juez americano, al contemplar al delincuente que aparece ante el tribunal por enésima vez.

Pues he dado trabajo con regularidad a unos cuarenta policías.

(Idem, p. 59).

En el restaurante

Camarero, he encontrado un pelo en la sopa y no es mío.

Démelo, por favor, lo dejaré en la caja por si alguien viniera a reclamarlo.

(Idem, p. 59).

Véase el artículo 615 del Código Civil:  El que encontrare una cosa mueble, que no sea tesoro, debe restituirla a su anterior poseedor. Si éste no fuere conocido, deberá consignarla inmediatamente en poder del Alcalde del pueblo donde se hubiese verificado el hallazgo.

El Alcalde hará publicar éste, en la forma acostumbrada, dos domingos consecutivos.

Si la cosa mueble no pudiere conservarse sin deterioro o sin hacer gastos que disminuyan notablemente su valor, se venderá en pública subasta luego que hubiesen pasado ocho días desde el segundo anuncio sin haberse presentado el dueño, y se depositará su precio.

Pasados dos años, a contar desde el día de la segunda publicación, sin haberse presentado el dueño, se adjudicará la cosa encontrada o su valor al que la hubiese hallado.

Chistes jurídicos

¡Qué bien se vive en la cárcel!

Un delincuente es conducido al calabozo por dos policías: Estoy contento porque, por una vez, no tendré que pagar el recibo de la electricidad. (Los 1500 Mejores Chistes. De Vechhi Ediciones, S.A. 2011, Barcelona, p. 7).

Sin abogado

Un sujeto que no desea pagar los honorarios de un abogado defiende por sí mismo su propia causa. En determinado momento, llama al banquillo de los testigos a un amigo suyo y le pregunta: José, ¿dónde estaba yo cuando robamos las gallinas? (Idem, p. 8).

De qué sirven los testigos

El presidente del tribunal, dirigiéndose al acusado: Es inútil que siga negando: aquí están tres testigos oculares que declaran haberle visto.

El acusado: Muy cierto, señor presidente. Pero, ¿qué significan tres personas que me han visto, cuando yo puedo indicarle a millares que no me han visto? (Idem, p. 10).

Pero… ¡por favor! 

El presidente del tribunal al acusado: Usted ha tenido la osadía de penetrar a la una de la madrugada en casa ajena, cuando todos estaban descansando, y ha robado.

Acusado: Señor presidente, la otra vez me condenó porque había tenido la osadía de robar al mediodía, cuando todos estaban despiertos… Ahora, quiere meterme en la cárcel por haber robado de noche… ¿quiere hacer el favor de decirme de una vez a qué hora puedo trabajar tranquilo? (Idem, p. 12).

Esta es la explicación

Presidente: Usted afirma que se hallaba en el establo del acusado cuando ocurrieron los hechos; ha dicho que a su lado estaba él, al otro lado, la mula, y enfrente había un asno… Explíquese mejor.

Testigo: Sí, señor. Supongamos que esto sea un establo. El acusado estaba más o menos donde está usted, la mula donde está el ministerio público y el asno, enfrente, en el lugar del abogado defensor. ¿Me explico? (Idem, p. 14).

La larga espera

Un joven abogado todavía sin clientela, para darse importancia hace que su cliente espere una hora. Cuando finalmente le recibe, el cliente le dice muy molesto: ¡Hace una hora que espero!»

¿Y se queja? Yo he tenido que esperar que usted acabara de esperar. (Idem, p. 20).

Motos 

Recién promulgada una ley contra los ruidos, un guardia detiene una moto que produce un ruido infernal. El conductor se disculpa: Es que estoy probando este nuevo tipo de moto…

Muy bien, pues pruebe también este tipo de multa. (Idem, p. 23).

En el tribunal

El presidente: ¿Cuántos años tiene, señorita?

La solterona: Veinticinco recién cumplidos, señor.

El presidente: Bien, ahora que ya ha dicho su edad, jure decir la verdad, toda la verdad y nada más que la verdad. (Idem, p. 29).

En el tribunal

Presidente: Se le acusa de haber lanzado a su suegra por la ventana.

Acusado: No puedo negarlo, pero fue en un momento de obcecación.

Presidente: Es probable… pero, ¿se ha dado cuenta de lo peligroso de su acción si en aquel momento hubiera pasado alguien por debajo de la ventana? (Idem, p. 30).